tema 6 baja maternal
¿Qué es la baja maternal?
Es la prestación reconocida a las trabajadoras para disfrutar de los períodos de descanso legalmente establecidos por maternidad, por nacimiento familiar.
Requisitos para disfrutar de la baja materna
- Estar afiliado a la Seguridad Social y en alta o situación asimilada a la condición de alta.
- Menores de 21 años : no se exige periodo de cotización
- Entre 21 y 26 años : se exige haber cotizado 90 días en el anteriores a la baja, o 180 días en toda la vida laboral.
- Más de 26 años: se exige haber cotizado 180 días en lo anterioridad a la baja, o 360 en toda la vida laboral.
En
el caso en que no trabajes y no estés incluida en el régimen de la
Seguridad Social, no se le podrá trasladar al padre el derecho a una
parte del descanso por maternidad.
En los supuestos en que se trate de una adopción o acogimiento, para que surja el derecho a la prestación por maternidad
el niño deberá tener menos de seis años, o ser menor de edad cuando se
trate de un niño discapacitado con un grado mayor al 33%, de un niño que
provenga del extranjero y le resulte difícil la reinserción social.
¿Qué derechos tienes en relación a la baja laboral por embarazo?
- Baja por maternidad. Tal y como hemos dicho anteriormente, tiene una duración de 16 semanas que se deben disfrutar de forma ininterrumpida. Está permitido por la Ley que la madre ceda como máximo 10 semanas al padre, pero las 6 primeras semanas después del parto las deberá disfrutar la madre. Por otra parte, no podemos olvidar que desde principios de este año el permiso de paternidad ha pasado de 2 a 4 semanas de duración.
- Baja maternal a tiempo parcial. Una vez transcurridas las 6 primeras semanas tras el parto puedes optar por la baja maternal a tiempo parcial. Para poder disfrutar de esta posibilidad deberás llegar a un acuerdo con tu empresa y establecer las horas diarias que vas a trabajar.
- Cobro del 100% del salario. La prestación económica consiste en un subsidio del 100% de la base reguladora que corresponda. Esta prestación se reconoce en casos de maternidad biológica, gestación por sustitución, adopción, acogimiento familiar y tutela. En el caso en que se produzca un parto múltiple o acogimiento de más de un menor de forma simultánea, se reconocerá un subsidio por cada hijo.
- Subsidio no contributivo de maternidad. Se pueden beneficiar de este subsidio las trabajadoras por cuenta ajena o propia que reúnan todos los requisitos para la prestación por maternidad salvo el periodo de cotización. Es un subsidio de tipo no contributivo que se cobra durante los 42 días naturales que siguen al parto. Su cuantía es equivalente al 100% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) que esté vigente en cada momento.
¿Qué requisitos hay en el caso de ser autónoma?
- Ser una trabajadora por cuenta propia.
- Estar afiliada y de alta en la Seguridad Social.
- Tener cotizado un periodo mínimo que dependerá de tu edad.
- Estar al corriente de pago de todas las cuotas de la Seguridad Social.
En los casos de las trabajadoras autónomas también se protege no solo el caso de maternidad biológica sino también los supuestos de adopción o acogimiento.
¿ Qué duración tiene la baja por maternidad?
- Dieciséis semanas, ampliadas en dos semanas más a partir del segundo o por discapacidad, cuando sea en un porcentaje superior o igual al 33%.
- En el caso de que la madre o el padre trabajen, podrán disfrutar de forma simultánea o sucesiva, excepto las seis semanas después del parto.Ya que solo se tienen que estar disfrutadas por la madre; para su completa recuperación.
¿En que casos se puede ser suspensa o anulada una baja maternal?
- Actúe de forma fraudulenta para obtener o conservar la prestación.
- Trabaje por cuenta propia o ajena durante el periodo de baja.
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